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Instrucciones para autoliquidación de la tasa por entradas de vehículos a través de las aceras y reservas de vía pública para aparcamiento exclusivo, parada de vehículos, carga y descarga de mercancías de cualquier clase (vados)

I. INSTRUCCIONES GENERALES DE ACCESO

A través de la web del Ayuntamiento de Villaviciosa, pulsando el icono PORTAL TRIBUTARIO, se accederá al portal tributario municipal, que permite generar y pagar autoliquidaciones tributarias tanto identificándose con certificado electrónico, como mediante identificación con certificado electrónico.

En la parte inferior de la página, se indican los servicios disponibles con y sin certificado digital:

En el caso de identificarse mediante certificado tributario, deberá seleccionar la opción “Acceder al Portal Tributario”, y una vez dentro del Portal, la opción de “Presentar Autoliquidación”:

En el caso de que se elija la presentación sin certificado digital, simplemente se seleccionará la opción “Generación y pago de autoliquidaciones”, y posteriormente se introducirá el DNI del obligado al pago:

* Nota: en el caso de no haber tenido antes relación tributaria con el Ayuntamiento, la aplicación solicitaría que previamente a la realización de la autoliquidación se introdujesen los datos del sujeto pasivo

II. AUTOLIQUIDACIÓN DE LA TASA

Posteriormente, se seleccionará el objeto tributario. En este caso, "Tasa ocupación dominio público con entradas de vehículos y reservas de aparcamiento (vados)".

En la pantalla siguiente, se seleccionará:

  • La tarifa aplicable. Se deberá elegir la correspondiente de acuerdo con las recogidas en la Ordenanza, en función del tipo de reserva.
  • Fecha de inicio de devengo: se indicará la fecha del día de confección de la autoliquidación, salvo en los casos en donde ya se hubiera presentado la solicitud de la autorización correspondiente, en los que se indicará aquella.
  • En el apartado de hecho imponible (objeto tributario obligatorio), se deberá indicar el emplazamiento y tipo de ocupación solicitada, además de otros que se consideren relevantes.
  • En función de la tarifa seleccionada, se introducirán los siguientes parámetros:
    • En el caso de reservas para entrada a garajes, aparcamientos y comunidades particulares, tarifa B, se indicará el n.º de vehículos.
    • En el resto de reservas para entradas a  talleres, centros comerciales, garajes particulares, industrias o locales, tarifas A, B, D y E, se indicará simplemente el n.º de entradas (habitualmente, será 1).
    • En el caso de contravados, tarifa F, su número.
    • En las reservas de espacio para aparcamiento, tarifas G, H e I, el número de plazas.
    • En la tarifa J, de reservas de espacio por plazo inferior al año, se deberá indicar como parámetro para el cálculo el múltiplo del número de plazas solicitadas por el n.º de meses para los que se pide la ocupación.
    • La tarifa K, para el pago de placas, no está sometida a autoliquidación; será en el momento de recoger la plaza, tras la concesión de la ocupación, cuando se abone el importe correspondiente.
  • Prorrateo de las cuotas: cuando se inicie el disfrute del aprovechamiento especial en el primer semestre se abonará en concepto de tasa correspondiente a este ejercicio la cuota integra. Si el inicio del disfrute del aprovechamiento especial tiene  lugar en el segundo semestre de ejercicio se liquidará la mitad de la cuota anual. En este supuesto, al introducir la tarifa deberá seleccionarse la opción de “Aplicar bonificación”. Se desplegará un nuevo cuadro de diálogo en el que se deberá indicar como motivo de la bonificación el inicio de la ocupación en el segundo semestre del año, y un % bonificado del 50.
  • En el año siguiente al cobro de la autoliquidación, la tasa se gestionaría por sistema de padrón.

III. PAGO

El portal calculará la cuota tributaria correspondiente en función de las variables introducidas, y se habilitarán dos opciones en la parte inferior derecha de la pantalla: para proceder al pago, o para generar un documento de pago.

Si se elige la opción de “Proceder al pago”, se iniciará el procedimiento de abono de la autoliquidación, mediante tarjeta de crédito; terminado el mismo, el portal facilitará CARTA DE PAGO del tributo.

Si se elige la opción de “Descargar documento de pago”, se obtendrá documento en formato pdf con la cantidad autoliquidada, que podrá abonar en cualquier entidad bancaria colaboradora (actualmente: CAJA RURAL DE ASTURIAS, UNICAJA BANCO, BANCO SABADELL, BANCO SANTANDER), o bien a través de la propia página villaviciosa.es/portal-tributario, pulsando la opción “Pago de recibos”.

El justificante de la realización del pago de la autoliquidación deberá presentarse junto con la solicitud de la licencia correspondiente, sin que se inicie la tramitación administrativa si no existe constancia del mismo.

NORMATIVA APLICABLE

Ordenanza fiscal n.º 2.2.07, reguladora de la tasa por entradas de vehículos a través de las aceras y reservas de vía pública para aparcamiento exclusivo, parada de vehículos, carga y descarga de mercancías de cualquier clase.